Esta iniciativa fue formalizada a través de la Resolución 191/2026, que fue publicada en el Boletín Oficial, y abarca a los empleados que están bajo el régimen de estabilidad de la Ley Marco de Empleo Público Nacional N.º 25.164. Es importante destacar que los integrantes del Cuerpo de Guardaparques Nacionales quedan excluidos de esta opción.
Según los fundamentos de la resolución, el propósito es mejorar la estructura organizativa y agilizar los procesos operativos, en concordancia con las políticas de transformación y reforma estatal promovidas por el Poder Ejecutivo Nacional.
El programa estará disponible para el personal de planta permanente que cumpla con las condiciones estipuladas en el reglamento.
Tendrá la posibilidad de solicitar su incorporación:
El marco regulatorio aclara que los siguientes empleados de la Administración de Parques Nacionales no podrán acceder al régimen de retiros voluntarios:
Los agentes cuya solicitud sea aceptada recibirán una gratificación extraordinaria única de egreso, calculada sobre la remuneración bruta mensual habitual.
El esquema establece:
Además, la normativa determina topes específicos:
La participación en el programa es voluntaria, aunque presentar la solicitud no asegura su aprobación. La Administración de Parques Nacionales analizará cada caso considerando las necesidades del servicio, la relevancia del área y el efecto que pueda tener la salida del agente en el funcionamiento del organismo.
El plazo para inscribirse será de 30 días, contados desde el primer día hábil del mes siguiente a la publicación de la resolución. La Dirección General de Recursos Humanos tendrá la responsabilidad de ejecutar el sistema y gestionar las solicitudes.
La gratificación se abonará en dos etapas: un 35% en los 15 días hábiles posteriores al acto administrativo y el 65% restante en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas.
Asimismo, los que opten por el régimen tendrán prohibido trabajar en organismos del Sector Público Nacional durante cinco años, exceptuando cargos docentes en universidades nacionales. La resolución también estipula que las posiciones que queden vacantes tras los retiros se suprimirán y no podrán ser cubiertas nuevamente, sin importar la modalidad de contratación.
























