El bono de hasta $70.000 destinado a jubilados con haberes mínimos fue prolongado para su pago en agosto, según lo dispuesto en el decreto 686/2026, que se publicó en el Boletín Oficial. Este monto se ha mantenido congelado desde marzo de 2024. Si se hubiera ajustado de acuerdo a la inflación, su valor real debería ser de $218.558. De esta forma, el haber mínimo para agosto, en lugar de ser de $489.775 (que incluye $419.775 más $70.000), debería ascender a $638.333 (suma de $419.775 más $218.558). Esto implica que el bono ha perdido cerca del 70% de su valor desde que fue congelado por el Poder Ejecutivo. Considerando las pérdidas intermensuales y la ausencia de aguinaldos debido a la falta de actualización, la diferencia perjudicial para jubilados y pensionados se estima en $148.558 solo en agosto. Cabe destacar que el bono no forma parte del haber total y no se contabiliza para el cálculo del aguinaldo. La decisión de mantener el bono o refuerzo previsional en $70.000, a partir de marzo de 2024, afecta a aproximadamente la mitad de los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), alrededor de 3 millones de personas, además de 1,5 millones que reciben la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas. El efecto positivo del bono ha ido disminuyendo con el tiempo, pasando de representar el 52% del haber mínimo en marzo de 2024 al 16% en agosto. Si el congelamiento se mantiene, esta tendencia se agudizará hasta que el bono constituya un porcentaje mínimo respecto al total. Los jubilados que perciben haberes mínimos continúan perdiendo mensualmente frente a la inflación. Por ejemplo, entre enero y junio del presente año, la inflación alcanzó el 16,8%, mientras que el haber mínimo total creció de $410.880 a $473.318, lo que representa un incremento del 15,2%. La PUAM tuvo una suba del 14,6% y las pensiones no contributivas aumentaron un 14,2%. El congelamiento del bono de hasta $70.000 ha llegado a instancias judiciales. En agosto del año pasado, la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en el caso Varela Alberto c/ ANSeS, falló que si un jubilado experimenta una pérdida mayor al 15%, dicho congelamiento es confiscatorio y violaría el artículo 14 de la Constitución Nacional. Por lo tanto, el Gobierno debería restituir esa pérdida a los 4,5 millones de jubilados y pensionados que reciben dicho bono y también actualizar el monto para nuevos jubilados y pensionados que accedan a haberes mínimos.
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