La resolución, determinada mediante la publicación de la Resolución N.º 436/2026 en el Boletín Oficial, se aplica a operadores de transporte aéreo, empresas de trabajo aéreo, servicios de asistencia en tierra y rampa, talleres de reparación aeronáutica y centros de instrucción del sector.
El objetivo de la ANAC es según se informó, “agilizar procesos de certificación” y evitar retrasos considerados innecesarios en un sector con operaciones dinámicas. Además, se aclaró que esta nueva regulación no altera las exigencias técnicas ni los estándares de seguridad operacional existentes.
Los interesados podrán solicitar el certificado provisorio si les falta únicamente completar trámites como acreditaciones de pagos, legalizaciones, apostillas, traducciones u otros documentos similares. La resolución establece que no se emitirá si surge alguna duda sobre la posible afectación a los aspectos técnicos u operativos de la actividad.
Los certificados tendrán una validez de hasta 90 días corridos, con la posibilidad de una única prórroga justificada. Durante este lapso, la empresa deberá completar la documentación requerida para obtener la certificación definitiva.
Asimismo, la normativa estipula que cuando la ANAC ya posea cierta documentación, será el propio organismo quien la incorporará al expediente mediante consultas internas, reduciendo así requerimientos administrativos.
No obstante, esta medida ha suscitado críticas entre algunos expertos del sector. Carlos Vázquez, un consultor aeronáutico, manifestó que la resolución conlleva un cambio significativo en el esquema de control y cuestionó la posibilidad de que una empresa avance en el proceso de certificación sin presentar toda la documentación solicitada.
“Lo que disponen es que ahora te dan las certificaciones sin presentar papeles, sin justificar nada”, enfatizó Vázquez, quien considera que el nuevo método podría acarrear problemas en el sector.
Desde su perspectiva, una aerolínea debe demostrar previamente sus capacidades antes de iniciar operaciones. “La capacidad técnica, por ejemplo para una línea aérea, es más importante que la financiera. Tenés que demostrar determinadas capacidades”, subrayó.
Vázquez también advirtió que esta modificación podría generar controversias en el sector y planteó inquietudes sobre el impacto que tendrá en los procesos de habilitación. “Creo que va a traer muchos problemas”, manifestó.
Este debate ocurre en un contexto de expansión de nuevos operadores y crecimiento de diversos segmentos del mercado aerocomercial, como los servicios de rampa y asistencia en tierra, actividades también abarcadas dentro del nuevo marco normativo.
Desde la ANAC, sin embargo, se destacó que los certificados provisorios solo serán emitidos cuando los requisitos pendientes no estén relacionados con la capacidad técnica ni con la seguridad operacional, resaltando que la finalidad de la medida es simplificar trámites sin alterar los controles fundamentales.
























