El propósito de la convocatoria era elaborar un reglamento para un nuevo concurso destinado a seleccionar al Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes, medida que también ha suscitado controversia entre diversas organizaciones que defienden los derechos de los menores.
Este cambio se produce tras una acción judicial presentada por los senadores Pablo Bensusán y Anabel Fernández Sagasti, quienes lograron que el juez Enrique Lavié Pico diera lugar a la demanda y anulase el decreto de integración de la Comisión Bicameral.
Bensusán, desde La Pampa, expresó: “No discutíamos un cargo ni una formalidad. Defendimos algo esencial: que una comisión encargada de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes respete la ley, los reglamentos y la representación democrática del Senado”.
En su presentación, los legisladores peronistas resaltaron que la Ley de Protección Integral de los Derechos de los Niños es clara al establecer que la Bicameral debe conformarse “respetando la proporción de las representaciones políticas. Sin embargo, dos bloques con la misma cantidad de senadores recibieron un trato completamente distinto”.
El senador Bensusán subrayó que el fallo judicial fue claro: “El Senado no explicó por qué asignó dos lugares a uno de los bloques mayoritarios, dejando al otro sin representación. Esa falta de fundamentos configuró una arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”.
El dictamen del juez Lavié Pico especificó que la resolución 32/2026 emitida por la presidencia del Senado “fue dictada al margen de la normativa que establece la representación proporcional de los sectores políticos en la H. Cámara de Senadores, al designar a dos representantes de uno de los bloques mayoritarios y ninguno del bloque al que pertenecen los actores, dado que ambos cuentan con el mismo número de senadores”.
Según la resolución de la vicepresidenta Victoria Villarruel, los cinco representantes del Senado son la propia Bedia, Carmen Álvarez Rivero de La Libertad Avanza; Gabriela Valenzuela de la UCR; Victoria Huala del Pro y un representante al Justicialismo que aún está vacante.
Por otro lado, los representantes por Diputados, según la disposición del jefe de la Cámara baja, Martín Menem, están conformados por tres libertarios: Nicolás Mayoraz, Soledad Mondaca y Santiago Santurio; y dos representantes para Unión por la Patria (UxP): Juan Carlos Molina y Blanca Osuna.
Las principales organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes emitieron un comunicado enérgico y enviaron notas a la Comisión Bicameral denunciando las modificaciones que La Libertad Avanza está considerando, tales como la eliminación del examen escrito y el orden de mérito en la selección del Defensor, acusando que estas medidas violan la ley.
Para los firmantes, el objetivo del oficialismo sería vaciar de contenido el “concurso público de oposición de antecedentes” al quitar el examen escrito y el orden de mérito en la selección del Defensor. En el marco legal argentino, no existe un concurso público de oposición de antecedentes que no contemple instancias de evaluación formal de los contenidos y la asignación de puntajes para definir un orden de mérito.
Las organizaciones ponen de relieve que, al igual que en el proceso de selección de jueces en el Consejo de la Magistratura, el reglamento estipula que el concurso público debe incluir un examen escrito, evaluación de antecedentes, entrevista personal y una “prueba de oposición”, que requiere puntuar cada fase de cada candidato y elaborar un orden de mérito.
Lo mismo ocurre en el ámbito de la selección de fiscales, donde la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación establecen que su nombramiento debe realizarse mediante un “concurso de oposición y antecedentes”, también con una “prueba de oposición” que implica una evaluación escrita, oral, evaluación de antecedentes, asignación de puntajes y orden de mérito.
Las organizaciones aclaran que los procesos de selección que en Argentina no requieren un examen escrito son aquellos para los cuales la ley no exige un concurso público de oposición y antecedentes: el Defensor del Pueblo (Ley 24.284), el Procurador Penitenciario de la Nación (Ley 25.875) y ciertos miembros del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (Ley 26.827).
El documento cuenta con las firmas de Eduardo Ferreyra de ACIJ; Alejandra Perinetti de Aldeas Infantiles SOS; Dana Borzese de Doncel Asociación Civil; Natalia Gherardi de ELA Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, y Mabel Bianco de FEIM, entre otros.
En relación al Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley 26061 establece en su artículo 49 que “el candidato será propuesto, designado y removido por el Congreso Nacional, quien designará una comisión bicameral que estará integrada por diez miembros, cinco de cada Cámara, respetando la proporción en la representación política, quienes tendrán la tarea de evaluar la designación que se llevará a cabo mediante un concurso público de antecedentes y oposición. Las decisiones de esta Comisión se tomarán por el voto de las dos terceras partes de sus miembros”.
El proyecto de nuevo reglamento impone de manera ilegítima restricciones a la participación de niñas, niños, adolescentes, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos en general al establecer un “Registro Especial de Participación Ad Hoc”, lo que limita el ejercicio colectivo del derecho a peticionar ante las autoridades, garantizado por el artículo 14 de la Constitución.
En mayo, La Libertad Avanza anuló la elección y designación de María Paz Bertero, una abogada experta en temas de género, vinculada al gobernador Axel Kicillof, como defensora del Niño, Niña y Adolescentes, y convocará a un nuevo concurso de acuerdo con un nuevo reglamento.
Su nombramiento había sido ratificado al cierre del año parlamentario por la Cámara de Diputados con los votos de Unión por la Patria (UxP), el Frente de Izquierda, los radicales críticos, la Coalición Cívica y algunas fuerzas provinciales.
La resolución firmada por los diputados de La Libertad Avanza, Santurio, Soledad Mondaca, Nicolás Mayoraz, y las senadoras Vilma Bedia, Nadia Márquez, Carmen Álvarez Rivero y Victoria Huala del Pro establece: “Dar por finalizada la vigencia del Concurso Público de antecedentes y oposición año 2025 para la designación del Defensor de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”, y agrega que se implementarán los mecanismos necesarios conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 26.061 (de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en Argentina) para convocar un nuevo concurso público que cubra el cargo de Defensor.
























